viernes, 20 de abril de 2012

UN NUEVO OBJETIVO REFLEJADO EN LA LEGISLACIÓN EDUCATIVA

"Las sociedades actuales conceden gran importancia a la educación que reciben sus jóvenes [...] Para la sociedad, la educación es el medio de transmitir y, al mismo tiempo, de renovar la cultura y el acervo de conocimientos y valores que la sustentan [...] Una buena educación es la mayor riqueza y el principal recurso de un país y de sus ciudadanos." Estas palabras son las que encontramos en el preámbulo de la LOE (Ley Orgánica de Educación 2/2006) escritas por el Rey de España Don Juan Carlos I quien otorga con estas palabras una gran importancia a la educación. 

En cierta medida, la renovación de la cultura a la que hace referencia va relacionada con la nueva sociedad de la información en la que vivimos en pleno siglo XXI y a la necesidad de educar a las nuevas generaciones en el ámbito digital. 
Para ello vamos a buscar información en las dos principales fuentes que posemos: la ya mencionada LOE y el Real Decreto 1513/2006 en el cual se establecen las enseñanzas mínimas para la educación primaria,

Si indagamos en el primer nivel de concreción curricular, la LOE deja reflejado en el artículo 6.2, capítulo II, Título preliminar que "el Gobierno fijará, en relación con los objetivos, competencias básicas, contenidos y criterios de evaluación." En relación con los objetivos encontramos en el artículo 17.i, capítulo II, Título I en el cual se específica que "iniciarse en la utilización, para el parendizaje, de las tecnologías de la información y la comunicación desarrollando un espíritu crítico ante los mensajes que reciben y elaboran" es uno de los objetivos que la educación primaria debe desarrollar.

Así pues, podemos sacar en conclusión que tanto los objetivos como las competencias básicas son marcadas por el Gobierno del país. Y como hemos destacado, la formación en el ámbito digital es un punto primordial. Este ámbito de estudio hace referencia a una de las ocho competencias básicas.


La llegada de las competencias, y más específicamente a la competencia digital, ha significado un cambio en la educación. Pero, ¿qué significa competencia digital?

Según el Real Decreto 1513/2006 ,en el que se establecen las enseñanzas mínimas para la educación primaria, el tratamiento de la información y competencia digital hace referencia a:
  • El uso de los recursos tecnológicos con el fin de resolver problemas reales con eficiencia. 
  • El tratamiento de la información  de forma autónoma, responsable, crítica y reflexiva. 
  • La valoración crítica y reflexiva de la información. 

No obstante, aunque los escritos queden claros es necesario que nuestros docentes estén preparados para llevar a la práctica estos puntos y consigan que sus alumnos sean personas formadas en este ámbito convirtiéndose así en ciudadanos eficaces y preparados para vivir en la sociedad del siglo XXI.


Marta Querol Benages

Bibliografía: 



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